Seguro de vida premium
MAPFRE Ecuador tiene para ti un seguro de vida premium, en el que podrás disfrutar beneficios especiales como asesoría médica, nutricional, plan dental y muchos más
Coberturas
MAPFRE Ecuador ofrece este plan de seguro de vida Premium para proteger a los familiares en caso de que el asegurado fallezca. Esta póliza brinda el respaldo necesario a la familia si la muerte del asegurado ha sido legalmente comprobada por cualquier causa, siempre que la póliza se encuentre vigente y dentro del periodo temporal previsto.
Además del fallecimiento, el Seguro de Vida Premium de MAPFRE Ecuador también cubre la invalidez total o permanente del asegurado, ofrece doble indemnización por muerte accidental, contempla los casos de desmembración, renta diaria por hospitalización por accidente y ofrece el 50% de anticipo en el caso de enfermedades graves.
Beneficios y ventajas
Al contratar el Plan Vida Premium de MAPFRE Ecuador cuentas con los siguientes beneficios:
Servicio aló doctor
- Incluye asesoría médica telefónica, ambulancia y médico a domicilio. Sin límites de eventos.
Servicio citas médicas – médico general
- Las citas médicas se realizarán previo agendamiento a través de nuestra central de asistencia con veinte y cuatro (24) a cuarenta y ocho (48) horas de anticipación.
Servicio citas médicas – médico especialista
- Cuando el titular de la póliza necesite, a través de su red de servicios se otorgará citas médicas con especialista. Las citas médicas se realizarán previo agendamiento y tres citas al año por titular.
- Entrega de medicamentos derivados de las citas médicas, que se encuentran en el listado básico de medicamentos preestablecidos y que pueden ser retirados en la cadena de farmacias de la red a nivel nacional. Límites: $25 por evento, dos (2) eventos al año.
Red de descuentos
- Consultas por especialidad con costos preferenciales, clínicas y hospitales con costos preferenciales, exámenes de laboratorio básicos, exámenes de imágenes, radiografías simples, ecografía abomino pélvica, tomografía simple de cráneo, atención de emergencias y red de farmacias a nivel nacional.
Asistencia Exequial
- Gastos en que se incurra como consecuencia del fallecimiento del titular.
- Servicio de coordinación en caso de fallecimiento: efectuará la coordinación y trámites necesarios para la inhumación, cremación o ceremonia funeraria.
- Transporte o traslado nacional del titular fallecido: la compañía se hará cargo de todas las tramitaciones y gastos de transporte que demande por fallecimiento durante la vigencia de su cobertura.
- Gastos funerarios y de inhumación: la compañía asumirá los gastos de estos servicios.
- A petición del titular se proporcionará mediante asistencia telefónica una asesoría sobre hábitos de alimentación y recomendaciones nutricionales y cuidado físico. Sin límites de eventos.
Plan dental completo
- Elaboración de historia clínica.
- Asesoría odontológica telefónica.
- Consulta de especialidades.
- Técnica de higiene.
- Servicio de profilaxis.
- Servicio de extracción simple.
- Servicio de colocación de calces SIMPLES.
- Servicio de colocación de calces COMPUESTAS.
- Servicio de radiografía periapicales.
- Servicio de colocación de resinas.
- Servicio de remoción de cálculos.
Condiciones generales
Las condiciones generales del Seguro de Vida Individual de MAPFRE Ecuador especifican los beneficios y ventajas que podrán disfrutar los clientes que contraten cualquiera de los planes de esta póliza.
Requisitos y restricciones
Los clientes de los seguros de vida MAPFRE Ecuador deben conocer algunos requisitos y restricciones antes de firmar la póliza para saber cuáles son sus derechos y obligaciones después.
El Seguro de Vida Individual de MAPFRE Ecuador recoge algunos requisitos y restricciones que los asegurados deben tener en cuenta antes de contratar esta póliza:
- Se excluye el fallecimiento del asegurado si ha sido originado por la participación en actos de guerra declarada.
- No se contempla el suicidio voluntario o involuntario del asegurado durante los dos primeros años de vigencia del contrato o rehabilitación.
- Esta póliza no pagará la indemnización correspondiente cuando la invalidez resulte de circunstancias de guerra, revolución, motín o riña; si el asegurado ha utilizado algún medio de transporte aéreo que no fuera como pasajero de líneas aéreas; en el caso de que haya participado en carreras de velocidad o resistencia, concursos, desafíos o cualquier acto peligroso; si las lesiones corporales del asegurado fueron causadas por él mismo o por el beneficiario de la póliza; o por cualquier hecho ilegal que cometa el asegurado.
- La Compañía no se hace cargo cuando existen falsas declaraciones, omisión o reticencia del asegurado que puedan influir en el verdadero estado de su invalidez.
- La indemnización por invalidez total y permanente sólo se pagará si el asegurado principal está en vigor y cuando el hecho se haya producido antes de que el asegurado tenga 65 años. También es necesario que hayan transcurrido seis meses consecutivos desde la declaración médica de invalidez.
- Se pierde el derecho de cobrar el valor del seguro cuando el beneficiario haya sido autor o cómplice de la muerte del asegurado.
- No se cubren las lesiones provocadas de forma intencionada por el propio asegurado o con motivo de un suicidio, ya sea como consecuencia de un trastorno mental o no.
- Las enfermedades graves derivadas del abuso de alcohol, drogas, estupefacientes, narcóticos, estimulantes o similares se excluyen de esta póliza.
- No se incluyen las enfermedades por acto de guerra civil o internacional, guerrilla, rebelión, motín, terrorismo, huelga, actos criminales, etc., cuando el asegurado participe como elemento activo.
- Si la enfermedad deriva de una intervención médica o quirúrgica ilícita tampoco queda cubierta por esta póliza.
- Si el asegurado enferma gravemente por practicar un deporte peligroso como alpinismo, andinismo, de montaña, etc., u otro tipo como competición de automovilismo, queda fuera de las coberturas del seguro.
Los interesados en consultar los requisitos y restricciones del Seguro de Vida Individual de MAPFRE Ecuador, en su Plan Vida Élite pueden hacerlo a través de las condiciones generales establecidas por la Compañía.
Recomendaciones de uso
Para poder acceder de forma correcta a todas las coberturas, beneficios y ventajas que ofrece el Seguro de Vida Individual de MAPFRE Ecuador, es necesario conocer algunas recomendaciones de uso. Detallamos las más importantes a continuación:
- La solicitud de este seguro se debe realizar aportando una declaración de salud, un examen médico o un análisis químico y microscópico de orina en laboratorio según la edad y la suma que se desee asegurar.
- El asegurado debe verificar todos los datos personales, tanto los suyos como los de los beneficiarios, para evitar problemas en el caso de futuras indemnizaciones.
- Esta póliza se puede renovar hasta que el asegurado cumpla 70 años.
- En el caso de la cobertura de Enfermedades Graves la edad límite de permanencia es de 65 años.
- En el seguro se debe especificar quiénes son los beneficiarios que percibirán el monto del mismo en las proporciones señaladas.
- El asegurado puede cambiar los beneficiarios de la póliza tantas veces como quiera mediante comunicación escrita a la Compañía.
- Si hay designadas varias personas sin indicación de los respectivos porcentajes, el beneficio se realizará por partes iguales.
- Si el asegurado miente sobre su edad, el seguro no quedará anulado excepto cuando la verdadera edad exceda los límites. Si la edad real es mayor que la declarada, el valor del seguro se reducirá proporcionalmente con la prima pagada.
- El asegurado debe informar a la Compañía sobre cualquier cambio que se produzca en su ocupación o en la actividad declarada, así como si se produce una agravación del riesgo. El plazo para notificarlo es de 10 días respecto a la fecha de agravación si depende de su propio arbitrio o 3 días después de conocerse si le es extraña.
- La prima es anual y se debe pagar por anticipado y de contado.
- El Asegurado puede optar también por otras formas de pago, en base a las alternativas que le presente la Compañía.
- Notificar a MAPFRE Ecuador Compañía de Seguros S.A. en un plazo no mayor de 15 días hábiles de ocurrido el siniestro.
- Esta póliza no se puede ceder ni endosar sin previo conocimiento y autorización escrita de la Compañía.
- Si el asegurado aumenta la suma asegurada y ocurre su suicidio dentro de los dos primeros años, la Compañía pagará la suma asegurada original y no el incremento.
- En caso de diagnóstico de cualquiera de las enfermedades graves cubiertas bajo el presente anexo, la Compañía indemnizará mediante un único pago la suma asegurada pactada, que corresponde al cincuenta por ciento (50%) de la suma asegurada de la cobertura principal de muerte. En caso de fallecer el Asegurado posteriormente a haber sido indemnizado por esta cobertura, la Compañía indemnizará el otro cincuenta por ciento (50%), siempre que la póliza siga vigente.
- La Compañía podrá en todo momento revisar el expediente médico del Asegurado y evaluar el estado de salud del Asegurado por intermedio de un médico que ésta designe.